Casos de éxito

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14/04/2023.- Recuperamos el inmueble arrendado en 5 meses. 

El Juzgado de 1ª Instancia nº4 de Móstoles estimó nuestra demanda y nuestro defendido recuperó la vivienda alquilada tras un procedimiento de desahucio por falta de pago de la renta, que pudimos agilizar de forma considerable a pesar de la huelga de Letrados de la Administración de Justicia.  


28/03/2023.- Recuperamos el inmueble arrendado y todas las rentas debidas. 

Aunque el demandado intentó retrasar el desahucio, el Juzgado de 1ª Instancia nº2 de Móstoles estimó nuestras peticiones para mantener la fecha del lanzamiento y que nuestra defendida pudiese recuperar la vivienda alquilada. Igualmente, nuestra defendida pudo cobrar todas las cantidades de renta impagadas. 


01/02/2023.- Acuerdan el sobreseimiento de nuestro cliente acusado de estafa.

El Juzgado de Instrucción nº12 de Madrid decretó el archivo las actuaciones tras constatar que no aparecía debidamente justificada la perpetracion del delito de estafa que atribuían a nuestro cliente.


31/01/2023.- Nuestra cliente cobra todos los retrasos de actualizaciones del IPC de la pensión de alimentos. 

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº4 de Navalcarnero estimó nuestra demanda, acordando el embargo de las cantidades impagadas y, en un breve periodo de tiempo desde que se inició el procedimiento (menos de 3 meses), nuestra defendida cobró las cantidades debidas.  


19/10/2022.- Declaran el divorcio y atribuyen el uso del inmueble a nuestra defendida.

El Juzgado de 1ª Instancia nº76 de Madrid estimó nuestra demanda, acordando el divorcio de nuestra defendida y concediéndole el uso del domicilio familiar. 


29/09/2022.- Recuperamos la posesión de un inmueble en menos de 2 meses. 

Tras presentar demanda de desahucio por falta de pago de las rentas ante el Juzgado de 1ª Instancia nº4 de Móstoles, recuperamos la posesión del inmueble arrendado tras contactar con la parte demandada y alcanzar un acuerdo beneficioso para ambas partes.   


27/07/2022.- Declaran el divorcio y conceden a nuestro defendido visitas con sus hijos residentes en Colombia.

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº2 de Torrelaguna estimó nuestra demanda, acordando el divorcio de nuestro defendido y concediéndole visitas con sus dos hijos menores de edad. La dificultad de este procedimiento radicó en que la demandada tenía su residencia en Colombia, donde se había marchado con los hijos. 


12/07/2022.- Reducen la pensión de alimentos a nuestro defendido.

El Juzgado de 1ª Instancia nº29 de Madrid estimó nuestra demanda, declarando acreditada la difícil situación económica de nuestro cliente. Por ello acordó reducir el importe de pensión de alimentos que abona a sus 2 hijos, y acordó que su contribución a los gastos extraordinarios fuese del 25%, correspondiendo el 75% al otro progenitor. 


04/07/2022.- Nuestro cliente es indemnizado por las lesiones sufridas.

En este caso actuamos como acusación particular y el Juzgado de lo Penal nº4 de Móstoles dictó sentencia condenatoria estimando parte de nuestras peticiones condenando al acusado por un delito de lesiones e indemnizando a nuestro cliente con la indemnización solicitada. 


07/06/2022.- Acuerdan el sobreseimiento de nuestra defendida acusada de lesiones.

La Audiencia Provincial de Ávila estimó nuestro recurso de apelación y acordó que fuese sobreseída y archivada la acusación contra nuestra defendida por el delito de lesiones por el que venía siendo investigada. La Audiencia admitió que no existía el menor indicio de participación de nuestra cliente en los hechos, por lo que carecía de sentido continuar con su acusación. 


30/05/2022.- Declaran el divorcio y atribuyen el domicilio familiar a nuestro defendido.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº1 de Móstoles estimó nuestras pretensiones concediendo el divorcio a nuestro cliente y atribuyéndole el uso del domicilio familiar tras considerar que su interés era el más necesitado de protección. 


24/03/2022.- Reducen la deuda reclamada a nuestro cliente de 4.207,89€ a 2.872,42€.

El Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Fuenlabrada estimó nuestras alegaciones y redujo parte de la deuda reclamada a nuestro cliente por una entidad financiera, declarando abusiva la cláusula de comisión por gastos impagados y declarando usurarios los intereses reclamados. 


09/12/2021.- El Juzgado extingue la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad. 

El Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Móstoles estimó nuestra demanda, acordando la extinción de la pensión de alimentos que nuestro defendido abonada a sus hijos mayores de edad. El fundamento de la Sentencia viene a ser que los hijos ya terminaron su formación y estudios, por lo que estaban capacitados para acceder al mercado laboral. 


06/10/2021.- Estiman nuestra demanda y declaran nula la cláusula de gastos hipotecarios.

El Juzgado de 1ª Instancia nº101 bis de Madrid estimó nuestra demanda, declarando nula la clausula que imponía a nuestros defendidos la obligación de pagar los gastos hipotecarios. La Sentencia condena al Banco a devolver las cantidades pagadas por nuestros clientes así como también le condena a devolver los intereses desde la fecha del contrato de préstamo hipotecario. La Sentencia también condena al Banco a pagar las costas procesales.


24/09/2021.- La Audiencia Provincial pone fin a la pensión de alimentos cuando la hija cumpla 25 años.

El Juzgado de 1ª Instancia nº03 de Alcorcón estableció una pensión de alimentos a cargo de nuestra defendida y en favor de su hija mayor de edad. Recurrimos la decisión alegando ante la Audiencia Provincial de Madrid que la joven había terminado sus estudios y estaba capacitada para desempeñar un trabajo. La Audiencia acordó que nuestra defendida dejaría de abonar la pensión de alimentos cuando la joven cumpliese la edad de 25 años.  


30/07/2021.- Recuperamos la posesión de un piso alquilado tras 5 meses de procedimiento.

El 05/03/2021 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestros defendidos recuperasen su inmueble. El asunto fue repartido al Juzgado de 1ª Instancia nº05 de Móstoles (Madrid). Para acelerar el procedimiento, solicitamos al Juzgado que nos permitiera realizar las notificaciones a los inquilinos deudores a través de nuestra Procuradora. De esta forma pudimos acelerar el procedimiento y nuestros clientes recuperaron su vivienda el 30/07/2021. 


09/06/2021.- Declaran extinguidas la pensión compensatoria a favor de la esposa y la pensión de alimentos a favor de la hija. 

Cuando nuestro cliente puso fin a su matrimonio quedó obligado a abonar una pensión a su esposa y a su hija. Pasados los años, tanto la esposa como la hija accedieron a un empleo estable, hechos que pudimos acreditar con éxito ante el Juzgado de 1ª Instancia nº28 de Madrid, que declaró extinguidas las pensiones que habían sido acordadas años antes.


18/05/2021.- Conceden visitas a los abuelos con su nieto.

Nuestros defendidos -unos abuelos de avanzada edad- llevaban más de un año sin ver a su nieto, pero el Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Coslada (Madrid) estimó nuestra demanda, fijando visitas a favor de los abuelos para que pudieran disfrutar de visitas y comunicaciones con su nieto. 


11/05/2021.- Declaran nula la cláusula de gastos hipotecarios.

El Juzgado de 1ª Instancia nº101 bis de Madrid estimó nuestra demanda, declarando nula la clausula que imponía a  nuestro defendido la obligación de pagar los gastos hipotecarios. La Sentencia condena al Banco a devolver las cantidades pagadas por nuestro cliente más los intereses desde la fecha del contrato de préstamo hipotecario. También condena al Banco a pagar las costas procesales. 


02/05/2021.- Archivan el procedimiento que acusaba a nuestro cliente de falsedad documental.

Nuestro cliente había sido acusado por el Cuerpo Nacional de Policía de falsificar su permiso de conducir expedido en Venezuela. Sin embargo, pudimos acreditar que el permiso de conducir era auténtico y que habían sido las autoridades venezolanas las que habían incumplido los requisitos exigidos en Europa para emitir documentos oficiales. El Juzgado de Instrucción nº1 de Gijón (Asturias) estimó nuestros argumentos y acordó el archivo del procedimiento con todos los pronunciamientos favorables a nuestro defendido.  


08/03/2021.- Conceden a nuestra defendida el ejercicio exclusivo de la patria potestad de sus hijas. 

El Juzgado de 1ª Instancia nº8 de Móstoles (Madrid) concede a nuestra defendida el pleno ejercicio de la patria potestad de sus hijas debido a que el padre las abandonó hace años desentendiéndose de ellas por completo.


09/02/2021.- El Juzgado de Vigilancia Penitencia nº4 de Madrid estima nuestro recurso y concede a nuestro cliente de un permiso de salida de prisión por 8 días.

El Juzgado anuló la decisión de la Junta de Tratamiento Penitenciario, concediendo a nuestro defendido un permiso de salida 8 días. Para ello, alegamos como argumentos el buen comportamiento en prisión, los apoyos externos del interno y la inexistencia de datos objetivos que hicieran presumir un mal uso del permiso.


12/01/2021.- Conceden a nuestra defendida la administración de los bienes de su hijo tras incapacitarle.

El Juzgado de 1ª Instancia nº5 de Alcorcón (Madrid) estima nuestra demanda, declarando la incapacidad total del hijo de nuestra defendida tras acreditar que padece una enfermedad mental persistente. También acordó la rehabilitación de la patria potestad a favor de nuestra cliente para que pudiera administrar los bienes de su hijo. 


28/12/2020.- Conceden a nuestra defendida una indemnización de 77.500€.

En un matrimonio con separación de bienes, el Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Alcorcón (Madrid) concede a nuestra defendida una indemnización de 77.500€ por dejar su trabajo para dedicarse al cuidado del hogar y los hijos, para que el esposo pudiera dedicarse de forma exclusiva a su actividad laboral.   


09/12/2020.- La Audiencia Provincial Penal de Madrid estima nuestro recurso y concede a nuestro cliente de un permiso de salida de prisión por 6 días.

La Audiencia Provincial de Madrid, Sección 5ª, anuló la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y de la Junta de Tratamiento Penitenciario, por lo que concedió a nuestro defendido un permiso de salida 6 días. Uno de los argumentos utilizados fue que los permisos de salida no constituyen un premio o recompensa para el interno, sino una forma de preparación de la vida en libertad cuando concluya la condena.


26/10/2020.- El Juzgado de 1ª Instancia nº5 de Getafe (Madrid) homologa el acuerdo favorable a nuestro defendido.

Nuestro cliente fue demandado por residir en un inmueble sin tener ningún título de propiedad o un contrato de arrendamiento que le permitiese permanecer en la vivienda. Tras alcanzar una solución amistosa con la parte contraria, el Juzgado aceptó homologar el acuerdo alcanzado, poniendo fin al conflicto.


13/10/2020.- El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Móstoles (Madrid) desestima la demanda contraria y da la razón a nuestra representada.

Nuestra cliente fue demandada por su exmarido alegando que en el domicilio familiar su exesposa vivía con su nueva pareja. Nuestro despacho contraargumentó el informe de detective privado aportado por el exesposo, por lo que al no quedar acreditada la convivencia de un tercero en el domicilio familiar, nuestra representada y sus hijos menores pueden seguir viviendo en el inmueble.  


08/09/2020.- La Audiencia Provincial Penal de Madrid estima nuestro recurso de apelación concediendo a nuestro defendido un permiso de salida de 6 días del centro penitenciario.

Nuestro defendido había solicitado en numerosas ocasiones un permiso ordinario de salida del centro penitenciario donde cumple una condena de prisión de más de cuatro años. La Audiencia Provincial de Madrid, Sección 5ª, revocó la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y la Junta de Tratamiento Penitenciario, y concedió a nuestro cliente un permiso de salida de 6 días.


11/08/2020.- La Delegación del Gobierno en Extremadura archiva tres multas que había impuesto a nuestros clientes durante el estado de alarma.

Durante el estado de alarma tres de nuestros clientes fueron sancionados con una multa prevista como infracción grave por incumplir las medidas de movilidad durante el confinamiento. Sin embargo, pudimos acreditar que nuestros defendidos se encontraban en los supuestos permitidos por la ley para salir a la calle, pues debían salir para poder realizar diversas tareas agrícolas. La Delegación del Gobierno estimó nuestras alegaciones y archivó las tres multas que había impuesto a nuestros clientes.


16/07/2020.- La Audiencia Provincial Civil de Madrid confirma que los gastos de desplazamiento del menor se abonan por mitad cuando los padres viven en provincias diferentes.

La Audiencia Provincial de Madrid, Sección 24ª, confirmó la Sentencia que dió la razón a nuestro cliente y acordó que los gastos de desplazamiento del menor debían abonarse por ambos progenitores por mitad, dado que ambos progenitores viven en provincias diferentes. No sería equitativo y dificultaría la relación padre e hijo si solo el padre tuviera que abonar tales gastos.


20/02/2020.- El Juzgado de Instrucción archiva la denuncia presentada contra nuestra defendida.

Tras acreditar la falta de fundamento de las acusaciones realizadas contra nuestra defendida y la inexistencia de pruebas en su contra, el Juzgado de Instrucción nº37 de Madrid archivó el procedimiento por malos tratos iniciado contra nuestra defendida.


19/02/2020.- Recuperamos la posesión de un piso alquilado tras 4 meses de procedimiento.

El 08/10/2019 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestra representada recuperase su inmueble, conociendo del asunto el Juzgado de 1ª Instancia nº04 de Móstoles (Madrid). Una solución amistosa alcanzada por mediación de nuestro despacho hizo posible que el 19/02/2020 nuestra defendida recuperase el piso alquilado.


05/02/2020.- Recuperamos la posesión de un piso en un juicio verbal de desahucio por falta de pago de la renta.

El 05/02/2020 tras el lanzamiento acordado por el Juzgado de 1ª Instancia nº03 de Móstoles (Madrid) recuperamos el piso que nuestro cliente tenia alquilado.


07/11/2019.- La Audiencia Provincial confirma la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº01 de Móstoles en favor de nuestros clientes, declarando nula la cláusula multidivisa de su hipoteca.

La Sentencia de 07/11/2019 de la Audiencia Provincial Civil de Madrid, Sección 28ª, confirma la nulidad de la cláusula multidivisa incluida en el préstamo hipotecario que nuestros clientes celebraron. La entidad bancaria es condenada a eliminar la cláusula multidivisa, dejando la hipoteca como si desde el principio hubiera sido contratada en euros y descontando las cantidades que nuestros defendidos pagaron de más durante los años en que la hipoteca estuvo referenciada en yenes japoneses.


29/10/2019.- Nuestra defendida no tiene que abonar la deuda que reclamaba una gestora de cobro por haber prescrito la acción.

El Jugado de 1ª Instancia nº02 de Fuenlabrada (Madrid) en Sentencia de 29/10/2019 estimó nuestra alegación de prescripción, tras haber transcurrido más de 5 años de una deuda que la gestora de cobro compró a una compañía de telefonía móvil, y reclamaban a nuestra cliente.


22/10/2019.- Recuperamos la posesión de un piso tras 4 meses de procedimiento.

El 12/06/2019 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestra representada recuperase su inmueble, conociendo del asunto el Juzgado de 1ª Instancia nº06 de Móstoles (Madrid). Una solución amistosa alcanzada por mediación de nuestro despacho hizo posible que el 22/10/2019 nuestra cliente recuperase el piso alquilado.


03/10/2019.- Desestiman la demanda del contrario y mantienen la pensión compensatoria de nuestra defendida.

El Juzgado de 1ª Instancia nº08 de Leganés (Madrid) en Sentencia de 03/10/2019 desestima íntegramente la demanda ejercitada por la parte contraria que solicitaba reducir la pensión compensatoria que recibe nuestra cliente. La Sentencia también condena a la parte contraria a pagar las costas del procedimiento.


23/09/2019.- Nuestra representada cobra todas las cantidades que su exmarido le debía.

El Auto de 23/09/2019 del Juzgado de 1ª Instancia nº06 de Coslada (Madrid) estimó todas las pretensiones de nuestra defendida condenando a la otra parte a abonar los impagos de derramas extraordinarias de la comunidad de propietarios y gastos extraordinarios de los hijos comunes. La parte contraria también fue condenada a pagar las costas del procedimiento.


02/09/2019.- Recuperamos la posesión de un piso tras 2 meses de procedimiento.

El 25/06/2019 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestro cliente recuperase su inmueble, conociendo del asunto el Juzgado de 1ª Instancia nº04 de Móstoles (Madrid). La rápida actuación tanto del Juzgado como de nuestro despacho hizo posible que el 02/09/2019 nuestro cliente recuperase el piso que había alquilado tras alcanzar una solución amistosa con los arrendatarios demandados.


12/06/2019.- Conceden custodia compartida a nuestro defendido y vivienda compartida hasta su venta.

El Juzgado de 1ª Instancia nº05 de Arganda del Rey (Madrid) en Sentencia de 12/06/2019 acordó mantener la custodia compartida que desde la situación de crisis matrimonial venían pactando los cónyuges. El uso de la vivienda será compartido hasta que procedan a su venta.

La madre reclamó pensión alimenticia de 250€ mes para cada hijo (total 500€ mes), pero el Juzgado aceptó nuestra propuesta, acordando que cada progenitor abone los gastos de los menores de alimentos y vestido durante el tiempo que están con cada progenitor, y que el padre asuma los gastos que actualmente tienen los menores (80€ mes cada hijo) de educación, libros de texto, material escolar y actividades extraescolares. Los restantes gastos serán abonados por ambos progenitores por mitad.

También reclamó la esposa pensión vitalicia de 450€ mes, aunque la Sentencia estimó parte de nuestras alegaciones, acordando fijar una pensión de 300€ mes durante 18 meses.


05/06/2019.- Nuestro cliente paga 24,20€ de los 1.039,60€ reclamados.

El Juzgado de 1ª Instancia nº07 de Guadalajara en Auto de 05/06/2019 estimó nuestras alegaciones por lo que nuestro defendido solo deberá pagar 24,20€ de los 1.039,60€ que su exesposa le reclamaba por impago de pensión compensatoria. Pudimos acreditar que la cantidad reclamada había sido pagada y los únicos impagos pendientes eran los correspondientes a las actualizaciones del IPC.


23/05/2019.- La Audiencia Provincial Civil de Madrid confirma en su integridad el Auto que dió la razón a nuestra defendida.

Nuestra defendida fue demandada por su exmarido para pagar más de 2.000€ por una actividad deportiva que realizaron los hijos comunes. Sin embargo, tras atender nuestras alegaciones, el Juzgado de 1ª Instancia nº66 de Madrid desestimó íntegramente la petición contraria, condenando además al padre a pagar las costas procesales ocasionadas y considerando temeraria su petición. Pues bien, tras recurso de apelación interpuesto por el padre, la Audiencia Provincial Civil de Madrid en Auto de 23/05/2019 volvió a dar la razón a nuestra defendida, desestimando el recurso del contrario, confirmando en su integridad la resolución recurrida y condenando nuevamente en costas al padre recurrente.


20/03/2019.- Sentencia absolutoria a favor de nuestro cliente acusado de estafa.

Nuestro cliente fue acusado injustamente de cometer numerosos delitos de estafa. Sin embargo, afortunadamente, pudimos acreditar que en realidad su identidad había sido suplantada por el verdadero estafador y que nuestro defendido era un perjudicado más de una estafa inmobiliaria. Así lo declaró el Juzgado de Instrucción nº1 de Carmona (Sevilla) dictando sentencia absolutoria a favor de nuestro patrocinado.


14/02/2019.- Recuperamos la posesión de un inmueble tras desahucio por falta de pago de la renta.

El Juzgado de 1ª Instancia nº4 de Móstoles (Madrid) dictó decreto poniendo fin al juicio verbal de desahucio por falta de pago de la renta, gracias al cual nuestro patrocinado recuperó la posesión del inmueble. Además, gracias a la labor de mediación del despacho, el inquilino deudor abandonó el inmueble dos meses antes de la fecha que había señalado el Juzgado para el lanzamiento o desalojo forzoso.


12/02/2019.- Los gastos de desplazamiento del menor se abonan por mitad cuando los padres viven en provincias diferentes.

El Juzgado de 1ª Instancia nº7 de Móstoles (Madrid) estimó la demanda de nuestro defendido que solicitaba poder disfrutar de visitas con su hijo. La mayor controversia se produjo sobre si los gastos de desplazamiento del menor debían abonarse por ambos progenitores por mitad, estimando el Juzgado nuestra argumentación tras considerar que no es equitativo y que dificulta la relación padre e hijo si solo el padre debe abonar tales gastos.


24/01/2019.- Archivado el proceso penal abierto contra nuestro defendido.

El Juzgado de Instrucción nº2 de Guadix (Granada) archiva el procedimiento penal iniciado contra nuestro defendido acusado de estafa, ante la falta de motivos suficientes para sostener la acusación por estafa de la que acusaban a nuestro cliente.


09/01/2019.- El Juzgado absuelve a nuestra defendida de un delito de lesiones.

El Juzgado de Instrucción nº3 de Móstoles (Madrid) absuelve a nuestra cliente del delito de lesiones del que era acusada tras poner de relieve la inconsistencia y contradicciones del relato de hechos formulados por el denunciante.


08/11/2018.- Estiman nuestra demanda concediendo alimentos con carácter retroactivo.

El Juzgado nº23 de Madrid en Sentencia de 08/11/2018 estima la demanda de nuestra representada otorgándole la custodia del menor y atribuyéndole una pensión de alimentos de 350€ mensuales con carácter retroactivo desde la presentación de la demanda en junio de 2018.


07/11/2018.- Sobreseimiento y archivo del proceso penal abierto contra nuestro cliente.

El Juzgado de Instrucción nº3 de Lora del Río (Sevilla) archiva el procedimiento penal iniciado contra nuestro defendido acusado de estafa, tras acreditar que no existía prueba alguna de cometer los hechos por los que estaba siendo investigado.


19/10/2018.- El padre deberá adaptar sus horarios para cumplir las visitas.

En Sentencia de 19/10/2018 el Juzgado de 1ª Instancia nº7 de Móstoles estimó la demanda de nuestra cliente, aceptando las visitas y estancias de los hijos con el padre que solicitamos. El padre alegaba que eran la madre y los hijos quienes debían ajustarse a sus horarios de trabajo, pero el Juzgado aceptó nuestros argumentos resolviendo que son ambos progenitores -incluido el padre- quienes deben adaptarse al horario de los hijos.


03/10/2018.- Deja de pagar pensión compensatoria.

El Juzgado de 1ª Instancia nº7 de Guadalajara aceptó nuestra petición de librar oficio a la Seguridad Social y realizar diversas averiguaciones patrimoniales destinadas a comprobar si la exmujer de nuestro defendido cobraba una pensión y si tenía patrimonio bastante. Tras resultar positivas las averiguaciones, nuestro defendido pudo dejar de abonar la pensión compensatoria a su exmujer.


03/10/2018.- El Juzgado aprueba otro de nuestros Convenios Reguladores de divorcio.

El Juzgado de 1ª Instancia nº85 de Madrid aprobó en Sentencia de 03/10/2018 el Convenio pactado por nuestros clientes donde acordaron una custodia compartida sobre su hijo menor de edad y diversas reglas que les recomendamos para organizarse en su nueva vida.


26/09/2018.- El Juzgado aprueba nuestro Convenio Regulador de divorcio de mutuo acuerdo.

El Juzgado de 1ª Instancia nº29 de Madrid aprobó en Sentencia de 26/09/2018 el Convenio Regulador de nuestros clientes donde acordaron una custodia materna, visitas y comunicaciones con la mayor amplitud posible, una pensión para cubrir los gastos de la hija común de los interesados, así como una serie de reglas para solucionar los problemas que mantenían desde la ruptura matrimonial.


12/09/2018.- Estiman íntegramente nuestra oposición al embargo solicitado por la parte contraria.

Nuestra defendida fue demandada por su exmarido para que pagase más de 2.000€, fuese obligada a llevar a los hijos comunes a una actividad deportiva extraescolar y le impusieran multas mensuales en caso de no hacerlo. Sin embargo, esta cuestión ya había sido resuelta hasta en otras cinco ocasiones por varios Juzgados, por lo que el Juzgado de 1ª Instancia nº66 de Madrid en resolución de 12/09/2018 desestimó íntegramente la petición contraria, condenando al solicitante a pagar las costas procesales ocasionadas y declarando su petición de temeraria.


05/09/2018.- Logramos acuerdo entre las partes evitando un futuro pleito.

Nuestra cliente fue demandada por impago de cantidades y por no modificar la titularidad de un vehículo que le fue atribuido tras el divorcio. Superada la tensión inicial, las partes lograron un acuerdo amistoso tras compensar unas cantidades que a su vez adeudaba el demandante a nuestra defendida. El Juzgado de 1ª Instancia nº4 de Móstoles recogió en resolución de 05/09/2018 el acuerdo alcanzado.


27/07/2018.- Desestiman la petición del padre de atribuirle la custodia de su hijo mayor.

El Auto de 27/07/2018 del Juzgado de 1ª Instancia nº75 de Madrid desestimó íntegramente la petición del padre de atribuirle la custodia de su hijo mayor alegando que la madre -nuestra defendida- le había expulsado de casa y suponía un peligro para su hijo. Nuestro despacho desmontó la versión del padre, y acreditamos primero que no era cierto que nuestra defendida hubiera expulsado a su hijo de casa, sino que el hijo se marchó de forma voluntaria. En segundo lugar, no existía riesgo o peligro alguno para el menor pues voluntariamente deseaba ir (y se fue) de vacaciones en agosto con su madre, hermano y parientes maternos. También acreditamos que no existía riesgo ni peligro para el otro hijo de los litigantes. Y tercero, expusimos que dado que el padre tenía pendientes de pago mensualidades de alimentos no quedaba claro si su petición de custodia tenía como finalidad el bienestar del hijo o el bienestar propio para no pagar alimentos. Tras valorar nuestras alegaciones, el Juzgado acordó mantener la custodia materna.


17/07/2018.- Declaran nula por abusiva una cláusula sobre intereses moratorios del 12,5%.

Nuestros clientes fueron demandados por una gestora de cobro reclamándoles el pago de un préstamo personal que la gestora compró a una entidad bancaria. No obstante, el Juzgado de 1ª Instancia nº03 de Móstoles (Madrid) en Sentencia de 17 de julio de 2018 estimó nuestras alegaciones declarando que los intereses remuneratorios de más de 430€ habían prescrito. También declaró nulos los intereses legales por importe de más de 1.300€ pues la gestora de cobro los reclamó sin que aún se hubieran devengado. Igualmente el Juzgado declaró nula, por abusiva, la cláusula del contrato de préstamo sobre intereses moratorios del 12,5% que ascendían a más de 2.000€, condenando además a la gestora de cobro a pagar las costas del procedimiento. Al final los clientes deberán abonar únicamente el capital prestado que tenían pendiente de pago.


01/06/2018.- Nueva sentencia a favor de nuestros clientes obteniendo la nulidad de una cláusula multidivisa.

La Sentencia de 01 de junio de 2018 del Juzgado de 1ª Instancia nº06 de Navalcarnero (Madrid) estima íntegramente la demanda de nuestros defendidos, condenando a la entidad bancaria a eliminar la cláusula multidivisa, dejando la hipoteca como si desde el principio hubiera sido contratada en euros, descontando las cantidades pagadas de más durante los años que pagaron yenes. Ello supone para nuestros defendidos un ahorro de unos 29.800€. La entidad bancaria también ha sido condenada a pagar todos los gastos del procedimiento.


12/03/2018.- Obtenemos la custodia materna aunque el Ministerio Fiscal solicitó custodia compartida.

La Sentencia de 12/03/2018 del Juzgado de 1ª Instancia nº07 de Móstoles otorgó a nuestra defendida la custodia materna tras estimar nuestros argumentos, rechazando los argumentos realizados tanto por el Ministerio Fiscal como por el padre que solicitaban custodia compartida.


13/12/2017.- Conseguimos la nulidad de una cláusula multidivisa.

A partir de 2006 muchos bancos ofrecieron la denominada hipoteca multidivisa como el producto más económico para comprar una vivienda. El supuesto beneficio de la hipoteca multidivisa radicaba en utilizar como referencia la moneda o divisa de un país en el que los tipos de interés eran más bajos que los de los países que tienen como moneda el Euro. En muchos casos la moneda elegida fue el Yen japonés y el Franco suizo.

Los problemas comenzaron cuando la moneda extranjera elegida comenzó a fortalecerse frente al Euro, y quienes contrataron este producto vieron cómo su cuota hipotecaria se duplicaba o triplicaba, provocando incluso la pérdida de su vivienda al no poder hacer frente a su hipoteca. En muchos casos el capital pendiente de amortizar no ha disminuido, sino que se ha incrementado, siendo su deuda actual más alta que cuando contrataron el préstamo.

Pues bien, la Sentencia de 13 de diciembre de 2017 del Juzgado de 1ª Instancia nº01 de Móstoles (Madrid) ha estimado íntegramente la demanda de nuestros defendidos, condenando al banco a eliminar la cláusula multidivisa, dejando la hipoteca como si desde el principio hubiera sido contratada en euros y descontando las cantidades pagadas de más durante los años que pagaron yenes. Ello supone para nuestros defendidos un ahorro de más de 64.000€. La entidad bancaria también ha sido condenada a pagar todos los gastos del procedimiento.


10/11/2017.- Obtenemos una custodia compartida y el uso del domicilio familiar para el padre y sus dos hijos.

La Sentencia de 10 de noviembre de 2017 del Juzgado de 1ª Instancia nº66 de Madrid ha estimado parcialmente las pretensiones de nuestro defendido fijando una custodia compartida por semanas alternas y atribuyendo al padre y sus dos hijos de 7 y 5 años de edad el uso de la vivienda familiar. Nuestro despacho consiguió transmitir al Juzgado que, en este caso concreto, atribuir la vivienda a la madre suponía un riesgo para los menores pues antes y durante el proceso de divorcio la madre había manifestado y llevado a cabo sus deseos de abandonar el domicilio.

El Juzgado consideró nuestra propuesta no solo más beneficiosa para los hijos, sino más económica para ambos progenitores; por lo que el padre permanecerá en la vivienda pagando la totalidad de la hipoteca, al ser el domicilio familiar un bien privativo suyo, y la madre deberá buscar una nueva vivienda para residir en ella con los niños cuando ejerza la custodia.


10/11/2017.- No cabe descontar de la pensión de alimentos los gastos extraescolares de una actividad deportiva.

El Auto de 10/11/2017 de la Audiencia Provincial Civil de Madrid da la razón a nuestra defendida, confirmando un Auto de 13/01/2016 del Juzgado de Primera Instancia nº66 de Madrid, declarando que el padre no puede descontar de la pensión de alimentos las cantidades que éste abonaba de forma voluntaria y sin acuerdo previo con la madre por una actividad deportiva extraescolar que uno de los hijos realizaba.


18/07/2017.- La pensión de alimentos también debe pagarse durante los meses de verano en los que el menor está con el progenitor obligado a pagar pensión.

El Auto de 18/07/2017 del Juzgado de 1ª Instancia nº04 de Fuenlabrada (Madrid) dió la razón a nuestra defendida embargando al progenitor por las pensiones impagadas durante los meses de julio en los que el menor había estado con él de vacaciones; pues la pensión de alimentos es una cantidad anual que se distribuye en 12 mensualidades.


12/07/2017.- Estiman nuestra petición que alegaba cláusulas abusivas.

Una empresa multinacional dedicada a la fabricación, instalación y mantenimiento de ascensores demandó a una Comunidad de Propietarios de Toledo para exigirle una indemnización por incumplimiento de contrato. Sin embargo, nuestro despacho acreditó que la Comunidad de Propietarios no había incumplido lo pactado y que el contrato contenía cláusulas abusivas. Por ello, la Sentencia de 12/07/2017 del Juzgado de 1ª Instancia nº04 de Illescas (Toledo) absolvió a nuestro cliente, declaró nulas tales cláusulas, y desestimó la demanda de la empresa condenándola al pago de las costas procesales.


25/01/2017.- Modificamos el Convenio Regulador para que el menor y su madre no abandonen la vivienda familiar.

Los cónyuges pactaron que la madre y su hijo debían abandonar el domicilio familiar en el plazo de 4 años, pero nuestro despacho alegó que dicho pacto era contrario a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y que dejaba desprotegido al menor. La Sentencia de 25/01/2017 del Juzgado de Violencia sobre la mujer nº01 de Móstoles (Madrid) estimó parcialmente nuestra petición, aceptando modificar el Convenio pactado entre los cónyuges para que la madre y su hijo permanezcan en la vivienda hasta que el niño sea mayor de edad.


21/06/2016.- Defraudación de agua: nuestro defendido paga 515€ de los 16.949€ que reclamaba el denunciante.

El denunciante reclamó a nuestro defendido 16.949€ de indemnización más una multa de 3.600€ por considerar que había defraudado agua durante 10 años. Sin embargo, la Sentencia de 21/06/2016 dictada por el Juzgado de Instrucción nº06 de Móstoles (Madrid) condenó a nuestro defendido a pagar únicamente 515€ del total reclamado más una multa de 270€ pues solo quedó probado que la defraudación se cometió un solo día. Ni el informe pericial del denunciante, ni el testimonio del conserje de la urbanización, ni el atestado de la Guardia Civil sirvieron para sostener la petición del denunciante.


20/05/2016.- Recuperamos la posesión de un chalet tras 3 meses de procedimiento.

El 11/02/2016 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestro defendido recuperase su inmueble, conociendo de nuestro asunto el Juzgado de 1ª Instancia nº2 de Torrijos (Toledo). La rápida actuación de nuestro despacho en coordinación con la Procuradora de los Tribunales hizo posible que el 20/05/2016 nuestro cliente recuperase su chalet que tenía alquilado.


30/04/2016.- Recuperamos la posesión de un piso en 1 mes de procedimiento.

El 06/04/2016 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestros clientes recuperasen su inmueble, conociendo del asunto el Juzgado de 1ª Instancia nº05 de Móstoles (Madrid). La rápida actuación de nuestro despacho hizo posible que el 30/04/2016 nuestros clientes recuperasen el piso que tenían alquilado tras alcanzar un acuerdo con los arrendatarios.


05/04/2016.- Conseguimos mantener la custodia compartida pactada por los progenitores.

Los cónyuges pactaron en Convenio Regulador una custodia compartida y que cada progenitor mantuviera a los hijos acogiéndolos en su propia casa. Un año después la madre decidió poner fin a lo pactado, reclamando la custodia exclusiva de los hijos y percibir una pensión alimenticia. No obstante, la Sentencia de 05/04/2016 del Juzgado de 1ª Instancia nº7 de Móstoles (Madrid) estimó íntegramente nuestras alegaciones en defensa del padre, acordando mantener la custodia compartida al no existir ningún cambio de circunstancias que justificase atribuir la custodia a la madre.


21/04/2016.- Evitamos el ingreso en prisión de nuestro defendido tras acreditar su rehabilitación del consumo de drogas.

Nuestro defendido contaba con diversos antecedentes penales y fue condenado a 2 años de prisión por un delito de robo con intimidación. Sin embargo, tras someterse favorablemente a un tratamiento para curar su adicción, el Auto de 21/04/2016 del Juzgado de lo Penal nº1 de Alcalá de Henares aceptó suspender la pena a la que había sido condenado.


12/02/2016.- Embargo permanente del padre para cubrir las necesidades básicas de su hijo.

El Auto de 12/02/2016 del Juzgado de 1ª Instancia nº23 de Madrid estimó nuestra petición en defensa del menor y su madre acordando el embargo permanente e indefinido de la pensión que recibe el padre para destinar mensualmente 250€ a la pensión de alimentos de su hijo.


03/02/2016.- Recuperamos la posesión de un piso tras 4 meses de procedimiento.

El 13/10/2015 presentamos demanda de desahucio por falta de pago de la renta para que nuestro defendido recuperase su inmueble, conociendo de nuestro asunto el Juzgado de 1ª Instancia nº01 de Móstoles (Madrid). La actuación de nuestro despacho hizo posible que el 03/02/2016 nuestro cliente recuperase el piso que tenía alquilado.


03/11/2014.- Conseguimos que la petición inicial del Ministerio Fiscal de 2 años de prisión se sustituya por una multa de 540€.

Nuestra defendida fue acusada de un delito de estafa para el que el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 2 años de prisión. Sin embargo, tras acreditar este despacho diversos extremos en favor de nuestra clienta, el Ministerio Fiscal modificó la calificación de estafa por la de simulación de delito; por lo que la sanción final fue una multa de 540€ impuesta por la Sentencia de 03/11/2014 del Juzgado de Instrucción nº05 de Getafe (Madrid).


11/12/2014.- Evitamos que nuestro defendido pague 18.600€ al manifestar los defectos formales y materiales de la sentencia.

La Sentencia de 11/12/2014 de la Audiencia Provincial de Badajoz estimó parcialmente nuestro recurso de apelación, donde alegamos diversas infracciones formales y materiales cometidas por el Juez de Instancia, por lo que la sentencia apelada fue revocada parcialmente y corregida. Con ello evitamos que nuestro defendido abonase los 18.600€ a que había sido condenado.


08/11/2013.- Condenan al padre a pagar el 100% de la hipoteca del domicilio familiar.

Es reiterada la jurisprudencia que fija como regla general que el pago de la hipoteca corresponde a ambos cónyuges por mitad. Sin embargo, la Sentencia de 08/11/2013 del Juzgado de 1ª Instancia nº25 de Madrid aceptó nuestros argumentos considerando que las circunstancias de desempleo de nuestra defendida aconsejaban que no pagase nada de la cuota hipotecaria y que fuera el esposo quien continuase haciéndose cargo como había venido haciéndolo hasta la fecha.


12/11/2012.- Inadecuación del procedimiento por razón de la cuantía.

El Auto de 12/11/2012 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº2 de Zafra (Badajoz) acordó el sobreseimiento del procedimiento iniciado por la parte contraria tras estimar nuestras alegaciones. La parte contraria incurrió en un error formal al valorar la cuantía de la cosa litigiosa según criterios catastrales y no según precios de mercado como establece la ley. Nuestro despacho alegó la inadecuación del procedimiento por razón de la cuantía, aceptándolo así el Juzgado y condenando en costas al demandante.